El embajador de Colombia en Estados Unidos, Luis Gilberto Murillo confirmó que ya inició el proceso de envío de invitaciones a personas que pueden aplicar al proceso de reunificación familiar para migrar legalmente a los Estados Unidos.

El proceso de migración a Estados Unidos desde Colombia es una realidad que ha sido protagonista en la vida de miles de personas. Impulsado por diversos factores como la búsqueda de oportunidades laborales, mejores condiciones de vida, reunificación familiar o la huida de situaciones difíciles en sus países de origen, este fenómeno ha marcado la historia y la cultura de ambas naciones.
En inicios de agosto de 2023, el Gobierno Petro confirmó que las invitaciones para migrar legalmente a este país norteamericano comenzarán a enviarse. El proceso de reunificación familiar se consolidó luego de meses de diálogos entre la oficina del Departamento de Estado de los Estados Unidos y la embajada colombiana en ese país.
«El Centro Nacional de Visas del Departamento de Estado inició ya el envío de las invitaciones para los solicitantes elegibles del programa de reunificación familiar, les pedimos que revisen muy bien la información de contacto que tienen en el formulario I-130 para que esté correcta y estas invitaciones les puedan llegar a tiempo», fue el mensaje del embajador desde Estados Unidos.

¿Qué es el formulario I-130?
El Formulario I-130, también conocido como «Petición de Familiar Extranjero», es un documento emitido por el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS, por sus siglas en inglés). Este formulario se utiliza para solicitar el estatus de residente permanente (Green Card) para ciertos familiares extranjeros que deseen inmigrar a los Estados Unidos.
Las personas elegibles para ser patrocinadas a través del Formulario I-130 incluyen:
- Cónyuges de ciudadanos estadounidenses.
- Hijos solteros menores de 21 años de ciudadanos estadounidenses.
- Hijos casados de ciudadanos estadounidenses (categoría de preferencia F3).
- Hijos solteros y solteras de residentes permanentes legales (categoría de preferencia F2A).
- Hijos casados de residentes permanentes legales (categoría de preferencia F3).
- Hijos solteros mayores de 21 años de residentes permanentes legales (categoría de preferencia F1).
- Padres de ciudadanos estadounidenses (categoría de preferencia F1).
Una vez aprobado el Formulario I-130, el familiar extranjero podrá avanzar en el proceso de inmigración para obtener la residencia permanente en los Estados Unidos, siempre y cuando haya disponibilidad de visas en la categoría de preferencia correspondiente, ya que algunas categorías tienen límites anuales y pueden tener tiempos de espera considerables.


